Aprueban en NL penas más altas por divulgación de contenidos íntimos

El Congreso de Nuevo León aprobó ayer importantes reformas al Código Penal del Estado, referentes a la difusión de material audiovisual de tipo sexual, sin el consentimiento de los protagonistas.

Esta reforma forma parte de la llamada “Ley Olimpia”, impulsada por la activista poblana Olimpia Melo, quien fue víctima hace algunos años de la difusión sin consentimiento de un video íntimo en el que ella aparece.

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La “Ley Olimpia” consiste en una serie de medidas legales para combatir tanto la “porno-venganza”, como cualquier difusión o comercialización de material erótico sin permiso.

Esta reforma fue presentada desde el 29 de julio en el Congreso estatal y finalmente tras meses de espera ya fue aprobada.

Entre las mejoras a la ley destacan el aumento la pena a quienes difundan o exhiban en redes sociales contenido erótico sin permiso de quienes aparezcan en ese material, sanción que pasa de 4 a 8 años de cárcel.

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Dentro de las modificaciones legales se establece que: “se equipará al delito contra la intimidad personal y se sancionará como tal, el registro o toma de imágenes, audios o videos íntimos de contenido erótico, sexual o pornográfico, de una persona sin su consentimiento. No se actualizará este supuesto cuando el sujeto activo justifique, que el registro fue meramente casual o automático”.

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Así como la “la revelación, difusión o exhibición ante dos o más personas de imágenes, audios o videos íntimos, de contenido erótico sexual o pornográfico, de una persona sin su consentimiento; la publicación y la comercialización de imágenes, audios o videos íntimos de contenido erótico, sexual o pornográfico de una persona sin su consentimiento”.

De esta manera Nuevo León se convirtió en el décimo estado del país en aplicar este conjunto de reformas.