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Podrían aplicar en NL la “objeción de conciencia” en el ámbito civil

Tras la controversia generada por la aprobación en el Congreso del Estado de una reforma la Ley Estatal de Salud, con la que se incluye la “objeción de conciencia” en el ámbito médico, este concepto podría replicarse en el ámbito legal.

Y es que existe una propuesta que se encuentra en análisis en el Poder Legislativo de Nuevo León, consistente en la reforma al Código Civil para que los jueces puedan aplicar la “objeción de conciencia”.

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En efecto, así como ahora los médicos y personal de enfermería podrán abstenerse de practicar abortos y eutanasia, los jueces civiles del estado podrían negarse a oficiar matrimonios de personas del mismo sexo, adopciones monoparentales, divorcios sin causales, modificación de acta de nacimiento tras cambio de género y cualquier situación que les corresponda pero que se contraponga con sus principios éticos y creencias religiosas.

Esta iniciativa fue presentada en abril del presente año por el diputado con licencia Juan Carlos Leal, el mismo que presentó e impulsó el proyecto de reforma en materia de salud.

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Diputado con licencia Juan Carlos Leal.

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Leal, quien pidió licencia en septiembre, argumentó al presentar esta iniciativa que “el artículo 5 de la Constitución Mexicana señala que en el ejercicio de las profesiones o trabajo, nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento”.

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Asimismo cita el artículo 24 constitucional, en el que se garantiza la libertad de convicciones éticas, de conciencia y religión.

Esta iniciativa aún no es sometida a votación del pleno.

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“Objeción de conciencia”: ¿qué es y por qué divide opiniones?

El Congreso de Nuevo León acaba de aprobar una reforma a la Ley Estatal de Salud promovida por el diputado con licencia Juan Carlos Leal, en la que se incluye el concepto de “objeción de conciencia”, hecho que ha generado controversia en el estado y a nivel nacional.

¿Qué es objeción de conciencia

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La objeción de conciencia es el derecho que tiene una persona a no realizar alguna acción o mandato prescrito por la ley, por contraponerse a sus principios éticos o creencias religiosas.

En este caso, el personal médico y de enfermería podrá negarse a participar en algún procedimiento médico que vaya en contra de sus creencias o principios, sin incurrir en responsabilidad penal, a excepción de 2 casos: cuando se ponga en riesgo la vida del paciente y cuando se trate de una urgencia médica.

Así, se adicionó una fracción al artículo 48 de la Ley Estatal de Salud, en la que se establece que “el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud, podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la presentación de servicios que establece esta ley”.

La controversia

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Varios grupos de activistas en el estado señalan que con esta reforma se le podría negar el servicio médico a pacientes con VIH, miembros de la comunidad LGBT y otros grupos vulnerables.

En el mismo sentido emitió un posicionamiento el Consejo Nacional para la Prevención de la Discriminación (Conapred), instancia que alertó que esta reforma pueda favorecer la discriminación en los servicios de salud.

Sin embargo, el Presidente del Congreso estatal, Juan Carlos Ruiz, señaló que la objeción de conciencia únicamente aplica a dos casos en particular: aborto y eutanasia.

“Esta salvedad para el personal de salud ya se encuentra en la Ley General de Salud, ya que reglamenta lo que se establece en el artículo 24 de la Constitución Mexicana, además, las reformas aprobadas por este Congreso dan la libertad al personal médico de actuar en objeción de conciencia en los casos de aborto y eutanasia, porque los lleva asistir a una persona que desea la muerte de otro, o la propia”, declaró el diputado panista.

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El legislador recalcó que esta reforma “nada tiene que ver con brindar asistencia médica a los enfermos de SIDA o de la comunidad LGBT, ya que los médicos buscarán preservar la vida de estas personas como la de toda la comunidad, así que los derechos a la salud están garantizados para toda la población, tanto en los servicios de salud público como privados”.

Por su parte, el secretario general de gobierno, Manuel González, señaló que vetará ese proyecto de ley.

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“Los médicos deben atender a toda la ciudadanía, sea esta cual fuese y la posición de un gobierno garantiza como este es esa; si llega así al ejecutivo se la vetada”, indicó el funcionario estatal.

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¡Aprueban revocación de mandato!

Ayer se dio una intensa sesión en el Senado de la República la cual culminó con la aprobación en lo general del dictamen de la propuesta de la revocación de mandato y consulta popular.

La votación terminó con 98 votos a favor, 22 en contra y una abstención.

Así, los ciudadanos ya podrán exigir la realización de una consulta para someter a votación la permanencia o “despido” del Presidente de la República al cumplirse la mitad del sexenio.

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Posturas a favor y en contra de la revocación de mandato

Este propuesta impulsada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y el grupo legislativo de Morena, causó reacciones diversas desde su surgimiento.

Los principales opositores a la revocación de mandato son los integrantes del Partido Acción Nacional, quienes señalan que con esta reforma se abre el camino a la aprobación de la reelección de AMLO.

Toman como argumento los casos de Venezuela y Bolivia, países en los que se empleó la figura de la revocación de mandato y tiempo después se implementó la reelección.

De igual forma señalan que se viola la democracia, pues los ciudadanos votaron por un Presidente por un lapso de seis años, no de tres.

En contraparte, Morena, Partido del Trabajo y Encuentro Social señalan que con esta medida se empodera a los ciudadanos, para que ellos decidan la permanencia del Ejecutivo de acuerdo con su rendimiento, “el pueblo pone, el pueblo quita”.

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Detalles de la revocación de mandato

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La consulta de revocación de mandato se podrá realizar tres meses después de cumplido el cuarto año, es decir, en 2022, para que no coincida con el proceso electoral de 2021.

Asimismo, no será convocada por el Presidente, sino solo si el 3 por ciento del padrón electoral lo solicita (dos millones 697 mil 610 de ciudadanos de al menos 17 entidades del país).

Dicho proceso sería organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE), no por el Gobierno federal. Y para que el resultado sea vinculante o válido, deberá haber una participación del 40 por ciento del padrón.

¿Qué dice AMLO al respecto?

Esta mañana el Presidente de la República celebró la aprobación de la revocación de mandato, aunque criticó que no hay tantas facilidades para que los ciudadanos puedan exigir la revocación.

“Se elegía (al funcionario) por 3 o 6 años y aunque la autoridad electa se desempeñara mal, aunque se demostrara que era ineficiente y corrupta, mediocre y ladrón, se le tenía que aguantar seis años, ya se sabía desde el primer año, segundo, cuando mucho el tercero y se tenía que sostener a ese gobernante y se agravaba el daño”, señaló AMLO.

“Ahora el ciudadano puede a la mitad del mandato decidir si continúa ese gobernante o renuncia, el pueblo pone y el pueblo quita, esto está establecido en la Constitución en el artículo 39, el pueblo tiene en todo momento el derecho de cambiar la forma de su gobierno, el pueblo debe tener en todo momento las riendas del poder en sus manos”, agregó el Presidente.

Asimismo invitó a sus opositores a organizarse para que sometan a votación la revocación de su mandato.

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¡Ordenan no castigar al “Bronco”!

El proceso de sanción en contra del gobernador Jaime Rodríguez Calderón dio un giro inesperado.

Y es que un magistrado de la Suprema Corte de la Nación aceptó un recurso interpuesto por “El Bronco” y “congeló” cualquier intento castigo por parte del Congreso de Nuevo León.

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Quien tomó esta determinación es el magistrado Eduardo Medina Mora, funcionario que tras ordenar esta medida renunció al cargo.

Medina Mora decidió aceptar la controversia constitucional promovida por el gobernador, quien estaba siendo sometido a un proceso de castigo, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que incurrió en desvío de recursos, al utilizar a empleados del estado en el levantamiento de firmas para su candidatura presidencial independiente.

Dicho Tribunal ordenó al Congreso de Nuevo León que sancionara al Bronco por esta situación, sin embargo el proceso vuelve a entrar en la incertidumbre.

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Así, el magistrado ordenó la no aplicación de castigo alguno, mientras se revisa en la Corte si éste proceso es legal o no.

Es decir, el Congreso de Nuevo León puede seguir con su proceso de sanción pero ningún castigo podrá concretarse a Rodríguez Calderón mientras se analiza el caso.

Esta controversia puede tardar varios meses en resolverse.

¿Quién es el magistrado que tomó la decisión?

Eduardo Medina Mora fue propuesto en 2015 por el Presidente Enrique Peña Nieto para ser magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nombramiento que le fue otorgado por el Senado de la República.

Él ocupó varios cargos importantes en Gobiernos del PRI y del PAN.

Durante el sexenio de Carlos Salinas fue coordinador de asesores del Subsecretario de Pesca; fue Secretario de Seguridad Pública durante el mandato de Fox y Procurador General de la República en el sexenio de Calderón.

Asimismo ocupó la dirección del Centro de Inteligencia y Seguridad Nacional (CISEN).

Su nombre ha estado relacionado con posibles actos de corrupción.

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¡“El Bronco” será castigado de manera directa!

Se eleva aún más la presión en contra del gobernador Jaime Rodríguez Calderón, ya que el Congreso del Estado determinó ayer que él y el secretario general de Gobierno, Manuel González, serán sancionados de manera directa por el desvío de recursos en el que incurrieron.

El desvío

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Hay que recordar que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó desde el año pasado que empleados del Gobierno de Nuevo León fueron utilizados (en horarios de trabajo) en el levantamiento de firmas para lograr que la candidatura presidencial independiente del “Bronco” fuera avalada.

Esta irregularidad es considerada como un desvío de recursos del estado y el Tribunal responsabilizó a Rodríguez Calderón y Manuel González.

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El castigo

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Así, los diputados locales serán los que tendrán que determinar qué castigo aplicar, el cual puede ser una multa económica, la destitución del cargo, incluso la inhabilitación para tener un cargo público.

¿Qué sigue?

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Con la decisión tomada ayer en el Congreso local se establecieron algunos principios para el proceso que seguirá este caso.

Por principio de cuentas se estableció que la aplicación de la sanción se realizará teniendo como base el Código Federal de Procedimientos Civiles o la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Asimismo, se considerarán todas las circunstancias en las que se dio el hecho, así como la gravedad de la falta y el daño causado.

Tanto “El Bronco” como González tendrán derecho de audiencia, es decir podrán exponer su postura y pruebas en su defensa.

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¿Para cuándo se resuelve el caso?

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La fecha límite que tienen los diputados locales para emitir un dictamen en este polémico caso es el 20 de diciembre, aunque puede ser a principios de diciembre cuando ya haya “luz” al respecto.

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¡AMLO busca subirse el sueldo!

El Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, ya contempla subir su salario para su segundo año como mandatario nacional.

En efecto, en el Paquete Económico 2020 que entregó el secretario de Hacienda, Arturo Herrera, al Congreso de la Unión, se incluye un aumento de sueldo para AMLO.

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Actualmente el Presidente gana de manera neta 108 mil 656 pesos mensuales (el ISR y otras deducciones ascienden a 48 mil 235 pesos).

En cuanto a prestaciones, AMLO recibe de manera mensual una prima quinquenal de 235 pesos, apoyo para despensa de 785 pesos y seguro colectivo para el retiro de 35 pesos, dando un total de mil 55 pesos.

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Ahora bien, para 2020 el tabasqueño busca ganar 111 mil 990 pesos (44 mil 897 pesos de sueldo base, más 116 mil 159 pesos de la compensación garantizada, más mil 55 de prestaciones, menos 50 mil 122 pesos de impuestos).

En términos netos, el aumento que recibía AMLO sería de 3 mil 333 pesos mensuales, lo que representa un 3 por ciento del salario actual.

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Este aumento salarial va de la mano del 3 por ciento de inflación que se tiene estimado para el próximo año en el país.

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Destitución de “El Bronco” sigue en suspenso

El Congreso de Nuevo León tardará 15 días más en arrancar con el análisis de las posibles sanciones que se le aplicarán al gobernador Jaime Rodríguez Calderón3 y al secretario general de Gobierno, Manuel González, por las irregularidades electorales en las que incurrieron en la campaña presidencial de “El Bronco”.

Carlos de la Fuente, diputado local del PAN y presidente de la Comisión de Coordinación y Régimen Interno (Corcri), explicó que necesitan ese tiempo para poder actuar con cautela y tomar la mejor decisión en este caso tan delicado.

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“No se subió el tema, yo espero que nos vamos a tardar unos 15 días para ver el procedimiento jurídico. Estamos analizando y no tenemos un avance cerrado y por eso espero que en los siguientes 15 días lo podamos tener, no me gustaría dejar una fecha, compromiso, porque no hay una fecha establecida”, señaló De la Fuente.

“Si un día arrancamos con un procedimiento, pues ya hay un tiempo establecido de mes y medio, en el caso del juicio político, para tomar una decisión, por eso es mejor esperar para tomar una buena decisión antes de iniciar un procedimiento”, agregó el legislador.

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Cabe señalar que este proceso legal se deriva de la orden emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, instancia que exigió al Congreso Local que sancione tanto al “Bronco” como a Manuel González por desvío de recursos en la precampaña presidencial de Rodríguez Calderón.

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Y es que el gobernador de Nuevo León y su equipo de campaña habrían empleado a trabajadores del Gobierno estatal (pertenecientes al programa Aliados Contigo) para recabar firmas para avalar la candidatura presidencial de Rodríguez Calderón.

En este sentido hay que tener en cuenta que la sanción que podrían recibir ambos funcionarios sería la destitución del cargo.