Podrían aplicar en NL la “objeción de conciencia” en el ámbito civil

Tras la controversia generada por la aprobación en el Congreso del Estado de una reforma la Ley Estatal de Salud, con la que se incluye la “objeción de conciencia” en el ámbito médico, este concepto podría replicarse en el ámbito legal.

Y es que existe una propuesta que se encuentra en análisis en el Poder Legislativo de Nuevo León, consistente en la reforma al Código Civil para que los jueces puedan aplicar la “objeción de conciencia”.

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En efecto, así como ahora los médicos y personal de enfermería podrán abstenerse de practicar abortos y eutanasia, los jueces civiles del estado podrían negarse a oficiar matrimonios de personas del mismo sexo, adopciones monoparentales, divorcios sin causales, modificación de acta de nacimiento tras cambio de género y cualquier situación que les corresponda pero que se contraponga con sus principios éticos y creencias religiosas.

Esta iniciativa fue presentada en abril del presente año por el diputado con licencia Juan Carlos Leal, el mismo que presentó e impulsó el proyecto de reforma en materia de salud.

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Diputado con licencia Juan Carlos Leal.

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Leal, quien pidió licencia en septiembre, argumentó al presentar esta iniciativa que “el artículo 5 de la Constitución Mexicana señala que en el ejercicio de las profesiones o trabajo, nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento”.

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Asimismo cita el artículo 24 constitucional, en el que se garantiza la libertad de convicciones éticas, de conciencia y religión.

Esta iniciativa aún no es sometida a votación del pleno.